Como en cada período del año en que existen fechas que son feriados irrenunciables para los trabajadores, es dable reiterar las condiciones en que empresas y trabajadores deben acatar la normativa nacional. La dirección del trabajo es la entidad responsable de fiscalizar el cumplimiento de esta medida que, en esta oportunidad se aplica por ser el 25 de diciembre y 01 de enero, feriados irrenunciables. La norma considera también situaciones de excepción.

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